Ley Nº 10.240 – Equipara a los Empleados Públicos Provinciales a la Legislación Nacional (Ley Nº 20.475: Otorgamiento del Beneficio Jubilatorio a los Discapacitados). Beneficio de Jubilación Ordinaria, acreditando 45 años de edad y 20 años de aporte.
Ley Nº 9.325 – Sistema de Protección Integral de los discapacitados. Adhiere a Legislación Nacional – Ley Nº 22.431
Ley Nº 9.548 – Creación del Instituto Integral para niños y/o jóvenes ciegos y/o disminuidos visuales.
Ley Nº 9.981- Ejercicio Profesional de la Fonoaudiología
Ley Nº 10.713 – Creación de Residencia Permanente “Jardín de la Esperanza”